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Solicitud de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Descripción Con este procedimiento se permite solicitar la licencia municipal por para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Toda persona que conduzca por espacios públicos un perro potencialmente peligroso requiere de la licencia otorgada por el Ayuntamiento

Se puede hacer la solicitud tanto presencial como telemáticamente. Para ello se deberá cumplimentar la solicitud y aportar toda la documentación solicitada.
Descripción del proceso de tramitación - Inicio a instancia del propietario del animal, adjuntando la documentación necesaria.

- Informe del servicio encargado de la tramitación de la correspondiente licencia, al que se incorporará propuesta de resolución.

- Resolución de Alcaldía concediendo o denegando la autorización municipal.

- Notificación al interesado.
Destinatarios/as Toda persona física o jurídica que, en virtud de cualquier título, tenga bajo su custodia un animal calificado como potencialmente peligroso.
Forma de inicio Instancia de parte.
Importe de la tasa Conforme a lo establecido en la Ordenanza nº26, Tasa por la licencia para la tenencia de animales domésticos y de recogida y captura de animales.
Lugar de presentación - De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.


- Por correo dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.


- A través del Registro Telemático identificándose con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido.


- En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.


- En los demás supuestos contemplados en el art 38.4 de la ley 30/1992 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Órgano que resuelve Alcaldía
Plazo de presentación Durante todo el año y previamente a la adquisición, posesión o custodia del animal, salvo que su tenencia fuese anterior a la entrada en vigor de la Ordenanza o en los supuestos de cambio de residencia de su responsable
Plazo máximo de resolución y notificación La resolución deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses
Recursos posibles Generales contemplados en la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Requisitos Para la obtención de licencia de tenencia de animales potencialmente peligrosos serán precisos los siguientes requisitos, que deberán mantenerse durante toda la vida del animal:


a) Identificación del animal y cartilla sanitaria obligatoria según la normativa vigente en cada momento para los diferentes animales objeto de esta Ley.


b) Vacuna antirrábica obligatoria y vigente en los animales susceptibles a la enfermedad.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud LAP-01: Solicitud debidamente cumplimentada conforme al art 70 de la LEy 30/92. Obligatorio Ambas
DNI: DNI del solicitante o su representante. Obligatorio Ambas
Certificado aptitud física: Certificado de aptitud física y psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, emitido por centro de reconocimiento debidamente autorizado. Obligatorio Ambas
Seguro de responsabilidad civil: Fotocopia del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura legal igual o superior a 120.000 euros y último jusifcante acreditativo del pago del seguro a nombre del solicitante. Obligatorio Ambas
Cartilla sanitaria del animal: Fotocopia de la cartilla sanitaria del animal Obligatorio Ambas
Vacuna antirrábica: Fotocopia de la vacuna antirrábica obligatoria Obligatorio Ambas
Certificado de antecedentes penales: Certificado de antecedentes penales Opcional Ambas
Declaración responsable: Declaración responsable obtenida ante Notario, autoridad judicial o autoridad administrativa (Secretario-a General de Ayuntamiento, etc), de no haber sido sancionado por infracciones en materia de tenencia de animales Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 39/2015
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
LO 4/2001 Ley orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Real Decreto 203/2021 Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
RD 1720/2007 Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
50/1999 Ley 50/99, de 23 de diciembre sobre el Régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos
Acceso al texto de la Ley desde este enlace
RD/287/2002 Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Acceso al texto del Real Decreto desde este enlace
13/2002 Ley 13/2002, de 23 de diciembre, del Principado de Asturias, de tenencia, protección y derechos de los animales
Acceso al sumario del BOPA. Páginas 16.610 a 16618 del BOPA - de la 2 a la 8 del pdf
ORD TPA Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de animales
Acceso al texto de la Ordenanza
OF 26 Tasa por Licencia para la tenencia de animales domésticos y de recogida y captura de animales
Acceso al texto de aprobación de ordenanzas

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